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MARCO LEY

Turismo: Chubut continúa con la implementación del marco normativo de la Ley de Turismo Provincial

A través del Consejo Provincial de Turismo con la participación de representantes de las cuatro Comarcas chubutenses: Meseta Central, Senguer – San Jorge, De Los Andes y Península Valdés.

El Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas del Chubut, llevó a cabo este lunes 18 y miércoles 20 de julio, una serie de reuniones virtuales previas a la reunión constitutiva del Consejo Provincial de Turismo, creado en el marco de la reglamentación de la Ley Provincial de Turismo XXIII N° 49.

En tal sentido, se llevaron a cabo cuatro encuentros comarcales, en los cuales participaron referentes de turismo de las Comarcas: Meseta Central, Senguer – San Jorge, Península Valdés y de Los Andes y, autoridades del Ministerio de Turismo y Áreas Protegidas del Chubut.

Durante cada uno de los encuentros, se trataron temas referidos a la Ley de Turismo Provincial y su correspondiente Decreto Reglamentario. También, sobre el funcionamiento del Consejo Provincial de Turismo, incluyendo la designación de representantes del mismo y la modalidad de elección de los titulares del sector público municipal y sus respectivos suplentes en la Agencia Chubut Turismo.

Lo que sigue

El próximo martes 26 de julio, se llevará a cabo la primera reunión del Consejo Provincial de Turismo en la que se designarán oficialmente los representantes titulares y suplentes y, la correspondiente elección de sus representantes ante la Agencia Chubut Turismo.

Sobre la Ley de Turismo XXIII N° 49

El 23 de septiembre de 2021 la Legislatura aprobó la Ley de Turismo, que declara la actividad turística como prioritaria dentro de las Políticas de Estado.

La nueva Ley permitirá redefinir las políticas turísticas para dar respuestas rápidas y eficientes para la actividad y fortalecerá la Gobernanza Turística.

El decreto de Reglamentación organiza el funcionamiento de: el Comité Interinstitucional de Facilitación Turística; el Consejo Provincial de Turismo; la Agencia Chubut Turismo; y el Fondo Provincial de Turismo.

La reglamentación también propicia el ordenamiento del sector a través del Registro Provincial de Prestadores Turísticos; promueve sistemas de colaboración con municipios y comunas; establece los lineamientos generales del Programa Provincial de Infraestructura y Desarrollo Turístico; y formaliza el Régimen Provincial de Emergencia y/o Desastre Turístico.

La implementación de la Ley permitirá también dar respuesta a los desafíos del sector turístico; contar con herramientas que permitan adaptarnos a turistas cada día más exigentes; reposicionar a Chubut en los mercados turísticos regionales, nacionales e internacionales; y contribuir a la generación de riqueza, el empleo y el bienestar de todos los chubutenses.